Cuando la obra social niega la cobertura al 100% en fertilidad
Aprueban el procedimiento pero no la medicación. Cubren los estudios pero no la criopreservación. La ley es clara: la cobertura tiene que ser integral, al 100%. Lo que falta también se puede reclamar.
Cobertura integral significa 100%
La Ley 26.862 y su Decreto 956/2013 no dejan margen para interpretaciones: la cobertura de reproducción asistida tiene que ser integral y al 100%, incluyendo procedimientos, medicación, criopreservación, donación de gametos y cualquier práctica indicada por el médico tratante.
Cobertura «parcial» o «lo que cubre el plan» no son fórmulas legales. Si te aprueban una parte y te dejan el resto a tu cargo, podés reclamar lo que falta por la vía judicial.
Las 4 formas más comunes de cobertura parcial
Si te identificás con alguno, hay un faltante reclamable.
Medicación al 40, 50 o 70%
El bolo de medicación de un ciclo de FIV cuesta cientos de miles de pesos. Que la cubran solo "una parte" puede dejar el tratamiento inviable. La ley exige 100%.
No cubren criopreservación
Aprueban la FIV pero rechazan congelar embriones o gametos sobrantes. Es parte del tratamiento integral según la Ley 26.862 y el Decreto 956/2013.
Cubren estudios pero no procedimiento
Aprueban análisis y monitoreos, pero rechazan el procedimiento (FIV, ICSI, transferencia). La cobertura tiene que ser integral, no fragmentada.
Imponen co-pago no previsto
Algunas obras sociales cobran "co-pagos" o "diferenciales" por encima del 100%. Esos cargos extras tampoco son legales cuando hay indicación médica.
Los pasos para conseguir el 100%
Cuatro pasos para que la cobertura faltante también sea ordenada por ley.
Identificá qué te están cubriendo y qué no
Pedí por escrito el detalle: qué prácticas se aprueban, en qué porcentaje, y qué queda excluido. Ese mapa es la base del reclamo.
Reclamá por escrito la cobertura integral
Carta documento o mail oficial citando Ley 26.862 y Decreto 956/2013, exigiendo el 100% de todo lo indicado por el médico.
Si no responden, iniciamos el amparo
Con medida cautelar para que la obra social cubra el faltante de inmediato mientras se sustancia el juicio.
Conseguimos la cobertura íntegra
Con sentencia o cumplimiento de la cautelar, el tratamiento se cubre al 100% por la duración indicada por el médico.

Te acompañamos en cada paso del amparo
Andrea Podolsky dirige el estudio con foco específico en amparos de salud y reproducción asistida. No es un caso más para nosotras: entendemos la urgencia médica y emocional de cada tratamiento, y diseñamos una estrategia legal a medida para que tu cobertura llegue a tiempo.
Empezar mi consultaDudas sobre cobertura al 100%
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¿Qué significa "cobertura integral al 100%"?
¿La medicación de fertilidad se cubre al 100%?
¿Y si la obra social dice que es "su tope" o "lo que cubre el plan"?
¿La criopreservación de embriones u óvulos también se cubre?
¿Puedo reclamar reintegros por lo que pagué de mi bolsillo?
¿Qué hago si la obra social me dice "te cubro pero esperá"?
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